Errenta/Renta 2024

Renta y patrimonio 2024

Del 10 de abril al 30 de junio

Europar Batasunarekin batera finantzatua
Confinanciado por la Unión Europea

Tendrás tres formas de presentar la declaración

PRESENTAR LA DECLARACIÓN DE FORMA DIGITAL

  • Ágil, sin esperas, cuando y donde quieras.

  • El borrador será accesible desde cualquier dispositivo o cualquier ordenador con acceso a Internet.

  • Necesitarás un medio de identificación electrónica. Si no tienes, te facilitamos uno, la clave Bak.

Acceder al borrador de renta

Acceso disponible a partir del 10 de abril

Podrás consultar y revisar el borrador y, si lo necesitas, completarlo, y después presentar tu declaración.

Más información sobre el borrador

PRESENTAR LA DECLARACIÓN POR TELÉFONO

  • Personal especializado te atenderá de lunes a viernes de 8:30 a 19:00.

  • Atención personalizada.

  • Necesitarás confirmar tu identidad. Para ello, necesitarás el código de activación de Bak (incluido en la carta de renta) o disponer ya de Bak.

Por teléfono podrás conocer información detallada y el resultado del borrador. Si lo necesitas, podrás modificarlo y después hacer la presentación. 94 608 3000

PRESENTAR LA DECLARACIÓN EN NUESTRAS OFICINAS

  • Atención e información personalizada.

  • Personal especializado te atenderá de lunes a viernes de 8:30 a 19:00.

  • Cita previa.

Ten en cuenta que las declaraciones complejas no se pueden realizar de forma presencial. Te informaremos cuando solicites cita previa.

Solicitar cita previa

Teléfono cita previa: 94 406 6600

Solicita cita previa desde el 8 de abril

Resultado de la declaración

  • Si el resultado de la declaración es a devolver (a tu favor), el importe se ingresará en tu cuenta bancaria en siete días como máximo tras la presentación.

  • Si el resultado es a ingresar (a favor de hacienda), puedes domiciliar el pago y no te lo cobraremos hasta julio.

  • Recuerda que para poder hacer la declaración conjunta con tu cónyuge o pareja de hecho necesitarás su clave de representación.

¿Cómo podré acceder al borrador de renta?

Para consultar el borrador de la declaración en la sede electrónica necesitarás un medio de identificación electrónica. El medio más sencillo es Bak. Elige entre las opciones que hay más abajo y te damos más detalles sobre cómo identificarte, según tu caso.

Si ya has utilizado Bak anteriormente para presentar la declaración o para otros trámites, puedes volver a utilizar Bak para identificarte. Recuerda que Bak se compone de tu DNI o NIE y una contraseña elegida por ti.

Si ya activaste Bak pero no recuerdas la contraseña, puedes solicitar una nueva contraseña. Te enviaremos la nueva contraseña, por SMS al número de teléfono que indicaste cuando activaste Bak o en un correo electrónico, si tenemos tu dirección de correo.

Recuperar contraseña

Si recibes el código de activación de Bak en la carta de Renta24 quiere decir que no tienes Bak.

Podrás activarla fácilmente.

Necesitarás tu teléfono móvil, el código de activación Bak de la carta de la renta y tener cerca el DNI o NIE porque te preguntaremos por su fecha de validez.

Consulta los medios de identificación que podrás utilizar para acceder al borrador.

Medios de identificación

  • ¿Tengo obligación de presentar la declaración de renta?

    Hay personas que están obligadas a presentar declaración de renta y otras que no lo están.

    Recuerda: aunque recibas la carta de renta y tengas un borrador de renta, puede que no tengas obligación de presentar.

    En la carta de Renta24 te informaremos sobre si tienes obligación de presentar, de cuál es la mejor opción de tributación (individual o conjunta) y del resultado provisional de tu borrador.

    Consulta las preguntas frecuentes para saber si tienes obligación de presentar declaración de renta.

  • ¿Podrá otra persona presentar la declaración de renta en mi nombre?

    Sí, otra persona podrá actuar en tu nombre con la clave de representación que te enviaremos en la carta de renta.

    La clave de representación permitirá que otra persona pueda actuar en tu nombre en los trámites de Renta y Patrimonio de 2024.

    Podrá acceder al borrador de renta, modificarlo y hacer la presentación en tu nombre.

¿Tienes dudas? Aquí tienes las más frecuentes

  • En general, NO tienen que presentar aquellas personas que hayan percibido en el año 2024:

    • Rendimientos brutos del trabajo de 14.000 euros o menos al año.
    • Rendimientos brutos del trabajo de entre 14.000,01 y 20.000 euros al año, EXCEPTO en los casos siguientes, que SÍ tienen que presentarla:
      • Cuando se ha tenido más de un pagador de rendimientos del trabajo y la suma de cantidades del segundo y resto de pagadores es mayor de 2.000 euros al año.
      • Cuando se ha tenido  más de un contrato de trabajo en el año a declarar.
      • Si ha recibido pensiones compensatorias o anualidades por alimentos.
      • Si ha incumplido condiciones, plazos o circunstancias al tener derecho a algún beneficio fiscal (exención, bonificación, reducción o deducción) y debe comunicarlo a Hacienda.
      • Si está en alguno de los supuestos que fija el Reglamento de IRPF (artículos 73 bis y 73 ter).
    • Rendimientos brutos del capital y ganancias patrimoniales (que sumen en total menos de 1.600 euros al año).

    Esta información tiene carácter divulgativo y está adaptada a lectura fácil. Por ello es meramente informativa y carece de efectos vinculantes.

  • El plazo de presentación es del 10 de abril al 30 de junio.

  • Tienes tres opciones para presentar la declaración:

    • De forma digital, desde nuestra web o desde la aplicación móvil. Podrás consultar y revisar el borrador y, si lo necesitas, completarlo, y después presentar tu declaración.
    • Por teléfono. Llamando al 94 608 3000 podrás conocer información detallada y el resultado del borrador de renta. Si lo necesitas, podrás completarlo, y después hacer la presentación.
    • De forma presencial en nuestras oficinas. Puedes presentar tu declaración en las doce oficinas de Hacienda y Gertu. Puedes solicitar cita previa, en el teléfono 94 406 6600 o por internet a partir del 8 de abril.

    Ten en cuenta que las declaraciones complejas no se pueden realizar de forma presencial. Te informaremos cuando solicites cita previa.

  • Con carácter general, se ofrecerá asistencia presencial en la presentación de la declaración a los y las contribuyentes que, independientemente de su importe, hubieran percibido exclusivamente cualquiera de los siguientes tipos de renta:

    • Rendimientos de trabajo.
    • Rendimientos de productos de ahorro, salvo aquellos supuestos en los que los rendimientos deriven de valores extranjeros.
    • Rendimientos derivados de arrendamientos, con un límite de dos arrendamientos, y salvo rentas derivadas de arrendamientos turísticos.
    • Rendimientos de actividades económicas agrícolas, ganaderas, forestales y pesqueras (excepto que existan ganancias o pérdidas patrimoniales derivadas de la transmisión de elementos afectados a la actividad), en la modalidad simplificada del método de estimación directa.
    • Rendimientos de actividades económicas derivados de cursos o conferencias, siempre y cuando no se realicen imputaciones de gastos.
    • Transmisiones de inmuebles, salvo aquellos adquiridos por herencia o donación, así como disoluciones de sociedades de gananciales o ceses de proindiviso con excesos de adjudicación.
    • Transmisiones de fondos de inversión.
    • Transmisiones de acciones, con un límite de 5 operaciones y siempre que el importe global de ventas en el ejercicio no supere los 10.000 euros.
      Quedan excluidas las operaciones con criptomonedas, warrants, futuros y contratos por diferencias.
      En caso de que existan partidas pendientes de compensación de ejercicios anteriores, sólo se prestará asistencia cuando dichas partidas consten en los datos de la Hacienda de Bizkaia.
  • Todas las personas que dispongan de datos económicos (tanto rendimientos como retenciones) referentes al ejercicio 2024 recibirán la carta de Renta24 por correo postal en su domicilio habitual a lo largo del mes de abril. También la tendrán disponible en la bandeja de notificaciones de la sede electrónica desde el 10 de abril.

    La carta contiene información importante sobre el borrador de renta y las claves que podrás necesitar para realizar tus gestiones de Renta y Patrimonio 2024, así como información sobre cómo presentar la declaración.

  • Bak es un medio de identificación electrónica de nivel básico formado por:

    • Un número de referencia coincidente con el DNI/NIE de la persona usuaria.
    • Una contraseña.

    Es un sistema gratuito que se activa por internet.

    Para activarla necesitarás:

    • Tu teléfono móvil.
    • El código de activación Bak de la carta de renta.
    • Tener cerca el DNI o NIE porque te preguntaremos por su fecha de validez.
  • La clave de representación permite que otra persona actúe en tu nombre en los trámites de Renta y Patrimonio 2024.

    Utilizando tu clave de representación otra persona (familiar, gestoría, asesoría,..) podrá:

    • Acceder al borrador, modificarlo y presentar la declaración de renta.
    • Acceder a la presentación de patrimonio, realizar y presentar la declaración de patrimonio y, si es necesario, la declaración del Impuesto Temporal de Solidaridad de Grandes Fortunas.
    • Realizar cualquier trámite posterior.

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  • Campaña de renta

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    Atención personalizada

    Presentación de la declaración, consultas fiscales, información general, resolución de dudas, asistencia para activar Bak, consultas sobre Bak.

    Horario: De lunes a viernes de 8:30 a 19:00

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    Presentación de la declaración y trámites sencillos.

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